me llamo juan david carreño araque

3/12/2016

El Racismo


El racismo es una forma de discriminación de las personas recurriendo a motivos raciales, tono de piel u otras características físicas de las personas, de tal modo que unas se consideran superiores a otras. El racismo tiene como fin la anulación o disminución de los derechos de las personas discriminadas.

Algunos autores han señalado que hay múltiples formas en que el racismo es manifestado y reconocido como tal, y por ese motivo, es que se podría hablar de muchos “racismos” en plural (Segato, 2006). Sin embargo, podemos distinguir de manera general, a un único fenómeno histórico surgido en el seno de la sociedad occidental y expandido al resto del
Como corriente de pensamiento, el racismo surgió en Occidente y tiene aproximadamente doscientos años desde su conformación, de ahí que se lo defina comúnmente como fenómeno de la modernidad.

Entendemos, por tanto, al racismo como un fenómeno fundamentalmente social y moderno, como un conjunto de ideologías, pre-conceptos, estereotipos y prejuicios que tienden a segmentar al conjunto humano en supuestos grupos que tendrían características comunes entre sí (y jerarquizables entre los distintos grupos), cuya explicación radicaría en una supuesta herencia 







Discriminacion Social

la discriminación es un acto de separación de una persona o un grupo de personas a partir de criterios determinados. Creerse superior a otra persona y así, maltratarla física y/o mentalmente causando efectos negativos en la otra persona.

Los seres humanos tienden a agruparse y a formar organizaciones sociales complejas con creencias propias que condicionan sus relaciones personales con otros grupos. Estos modos de pensar forman patrones que se suelen utilizar para clasificar a los demás, criterio que deberá compartirse para no arriesgarse a perder la pertenencia al grupo. Esta manera de valorar las diferencias, subestimando y no respetando las costumbres de otras culturas, se aprende a través de generaciones que han hecho lo mismo y no resiste ninguna crítica ya que cualquier divergencia individual puede significar ser apartado del propio grupo. Las diferencias entre grupos humanos de distintas culturas pueden ser clasificadas por color, raza, religión, nacionalidad, peso, altura, nivel de inteligencia, capacidades, nivel adquisitivo, etc., y si los miembros de un grupo no cumplen con lo que se considera aceptable por otro grupo, éstos los pueden ignorar y rechazar.
Este trabajo busca asociar esta problemática social a los diferentes conceptos existentes en psicología social.
Se trataran temas como cognición social en la discriminación, percepción selectiva, factores contemporáneos del fenómeno perceptivo, el enfoque cognoscitivo, la mera expectativa, actitud, etc. El informe busca entregar una explicación psico-social al fenómeno de la discriminación.







discriminacion en el futbol

La discriminación por tendencia sexual, color de piel o género, no es un asunto particular de un país. Los hechos ocurridos en Rancagua, que perjudicaron al jugador de San Marcos de Arica, Emilio Rentería, no son aislados y, si bien, se trata de un caso más o menos inédito en nuestro fútbol, lo cierto es que es más común de lo que se cree.

El mecanismo pasional que genera el fútbol en cada uno de sus actores (jugadores, entrenadores, hinchas, directivos y periodistas) desde su desembarco en nuestro país es innegable. En las últimas décadas Argentina sufrió los flagelos del proyecto neoliberal de los años 90`. La sociedad post-industrial heredera de la Ley de Flexibilización Laboral y de la Ley Federal de Educación  generó -entre otras causas- un alto grado de desocupación, una merma en los planes educativos y como consecuencia mayores relaciones de agresividad entre los ciudadanos. El deporte, fiel reflejo de este contexto, no se vio exento de esta situación y varios son los hechos que suelen derivar en agresiones de distinta índole. Desde el año 2009, el Observatorio de la Discriminación en el Fútbol del INADI realizó un relevamiento en todos los estadios de Primera división y en sus conclusiones mencionó que 8 de cada 25 canciones promedio que se entonaban por las hinchadas eran discriminatorias.








discriminación cultural

Hay grupos de población que son discriminados por sus características culturales, es decir, sus costumbres y formas de pensar distintas a las de la mayoría de las personas que viven en una comunidad, es el caso de los indígenas, los migrantes y minorías religiosas. 

Cuando hablamos de discriminación cultural, hacemos referencia a la marginación social de un colectivo o persona por rasgos raciales, ideológicos o religiosos, eminentemente. En el caso de las mujeres latino americanas, son las indígenas las que sufren en su mayor parte este tipo de discriminación.


 La nueva formulación del texto en relación a las minorías de mujeres indígenas, dice así: “Mejorar la condición de todas las mujeres y procurar prestar especial atención a los grupos de mujeres que se encuentran en situación de alto riesgo, como es el caso de las mujeres rurales, indígenas, discapacitadas, refugiadas y desplazadas”.









discriminación religiosa

Hay grupos de población que son discriminados por sus características culturales, es decir, sus costumbres y formas de pensar distintas a las de la mayoría de las personas que viven en una comunidad, es el caso de los indígenas, los migrantes y minorías religiosas.

Cuando hablamos de discriminación cultural, hacemos referencia a la marginación social de un colectivo o persona por rasgos raciales, ideológicos o religiosos, eminentemente. En el caso de las mujeres latino americanas, son las indígenas las que sufren en su mayor parte este tipo de discriminación.

 La nueva formulación del texto en relación a las minorías de mujeres indígenas, dice así: “Mejorar la condición de todas las mujeres y procurar prestar especial atención a los grupos de mujeres que se encuentran en situación de alto riesgo, como es el caso de las mujeres rurales, indígenas, discapacitadas, refugiadas y desplazadas”.

Desde su fundación, las Naciones Unidas han mostrado su interés en esta cuestión, de ahí que la prohibición de la discriminación por motivos religiosos haya quedado consagrada en todos los instrumentos internacionales básicos de derechos humanos. En este sentido, los Estados tienen el deber de abstenerse de discriminar contra personas o grupos por motivo de religión y creencias (obligación de respetar); están en la obligación de prevenir esa discriminación, incluso por parte de entidades no estatales (obligación de proteger); y deben adoptar medidas para garantizar que, en la práctica, toda persona que viva en su territorio disfrute de todos los derechos humanos sin discriminación de ningún tipo (obligación de cumplir).





discriminación racial

Se desconocen, prácticamente, las razones por las que diversos grupos humanos poseen características físicas diferenciales. En el estado actual antropológico, poco más que conjeturas pueden efectuarse.
Existen, pues, diferencias, probablemente de origen adaptivo, entre unos grupos humanos y otros; pero los datos de que se dispone son todavía fragmentarios. Es preciso destacar, en cualquier caso, las características diferenciales en las que solemos fijarnos, color de piel, forma de rostro, que no son las que mayor importancia poseen consideradas desde el punto de vista biológico.
Tendemos a diferenciar a los seres humanos en tres o cuatro grupos, atendiendo el color de piel: blancos, amarillos, negros, cobrizos. Sin embargo seria posible hacerlo atendiendo a otro tipo de categorías.
El hecho de que el progreso científico haya superado hoy toda pretendida justificación biológica del racismo, no implica que no puedan existir diferencias en algún factor de capacidad intelectual entre unas y otras etnias; en cualquier caso, no estan demostradas.
Cuando nos creemos superiores por diferencias de cultura, de religión, educación, etc., esto quiere decir que los parámetros que se toman para discriminar dependen de la persona que los toma y lo peor es que se dan por validos.
Cabe afirmar, pues, que los estudios antropológicos estan contribuyendo a derribar la muralla de prejuicios culturales generados durante siglos de racismo.





discriminación por edad


La discriminación por edad es tratar a alguien injustamente basándose en la edad de la persona. Si tratamos a una persona injustamente o de un modo menos favorable en comparación con otras personas, sobre la base de su edad, entonces estamos ejerciendo la discriminación por edad. Es, por tanto, una conducta injusta contra un grupo humano determinado. Por lo general se discrimina a ciertas minorías apoyándose en el escaso número de sus componentes, que no son admitidas en términos de igualdad, pero ¿cómo se puede seguir discriminando a un grupo de población tan numeroso como es el de las personas mayores?, y ¿qué pasará en Europa con indicadores de envejecimiento imparables dado el constante aumento en la esperanza de vida y el descenso en la natalidad? ¿Podremos seguir discriminando a una cuarta parte de la población europea?
Discriminar, puede identificarse (referido a las personas mayores), con crueldad, indiferencia, frialdad, rechazo, falta de interés... es decir, una serie de conceptos negativos que atentan contra la dignidad de la persona. De hecho, el mayor temor que presentan las personas mayores no atiende tanto al hecho de envejecer como tal, sino más bien a la exclusión social, discriminación, maltrato y soledad profunda a la que se enfrentan.
Recordamos que el lema que adoptó la Organización de las Naciones Unidas con motivo del Año Internacional de las Personas de Edad en 1999, fue el de «Una sociedad para todas las edades». Por entonces, el secretario general de la ONU, Kofi Annan, a modo de prólogo de ese año, definía una sociedad para todas las edades como aquella que no caricaturiza a las personas mayores como pacientes o pensionados, sino como agentes y beneficiarios del desarrollo. Es decir, agentes activos y protagonistas de las relaciones sociales, de la sociedad y de su propia biografía.
La discriminación por edad es la gran olvidada en la lucha por la igualdad y, sin embargo, la realidad de la discriminación por edad en España y en Europa reviste una especial gravedad por sus efectos y por su extensión, tal y como se desprende del Eurobarómetro especial sobre discriminación en la UE que señala la edad como la segunda causa de discriminación más fuerte a la que se enfrenta la sociedad europea, sólo superada por la discriminación por género que sufren habitualmente las mujeres, con especial relevancia las mujeres mayores


discriminación por discapacidad
La discriminación por discapacidad se produce cuando un empleador considera a un empleado calificado o persona solicitante con una discapacidad desfavorablemente porque ella tiene una discapacidad. La discriminación por discapacidad también puede ocurrir cuando un empleador no puede proporcionar a un empleado calificado con una discapacidad mental o física, con todos los derechos exigidos por la ley.
Una compleja interacción de las leyes federales, estatales y de los estatutos locales a crear confusos requisitos de presentación, plazos y procedimientos que deben seguirse estrictamente antes de seguir adelante con una demanda por discriminación






discriminación por embarazo


La mujer, en muchas ocasiones ha sufrido discriminación en el ámbito laboral, sin embargo, la mayoría de las veces el sexo femenino tiene que luchar contra la discriminación al momento de estar embarazada. Esta discriminación laboral es un asunto que rebasa las políticas institucionales de una organización, y que va más allá de las fronteras políticas y legislativas de un gobierno.
A pesar de que el escenario está cambiando, existen empresas u organizaciones que aún se resisten a contratar a mujeres, debido a que laboralmente no son suficientemente productivas. Además, existen otras instituciones que las despiden por su estado, cayendo en la ilegalidad.
En cuanto a esto, una mujer embarazada quedará amparada bajo distintas leyes y tendrá derechos como toda persona que se rige bajo un estatuto jurídico. De esta manera, los empleadores deben respetar una serie de derechos que tiene una mujer embarazada.
mujerembarazada

discriminación por raza


Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su raza o color en relación con la contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe que se tomen decisiones relacionadas con el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o rendimiento de individuos pertenecientes a ciertos grupos raciales. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a las minorías y las cuales no están relacionadas con el trabajo.
No se puede negar la igualdad en las oportunidades de empleo por razón de matrimonio o asociación con un individuo de raza diferente, por ser miembro de o estar relacionado con organizaciones o grupos étnicos específicos, o por asistir o participar en escuelas o lugares de culto asociados generalmente con ciertos grupos minoritarios.



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